Ciudad de México, 13 de mayo de 2026 (Infórmate y +).- El pasado lunes 11 de mayo, una mujer de 33 años y un niño de 12 resultaron lesionados tras caer de la zona de carga de una camioneta en movimiento, el video causó indignación
El incidente, registrado por cámaras de vigilancia vecinal en el cruce de Avenida Aleta y Medusa, ocurrió cuando un auto Toyota gris intentó incorporarse a la vialidad de manera imprudente. Para evitar la colisión, el conductor de una camioneta azul frenó de golpe; sin embargo, la inercia provocó que los pasajeros que viajaban en la batea salieran proyectados hacia el asfalto, justo frente al otro vehículo.
A pesar de que el conductor de la camioneta bajó de inmediato para auxiliar a sus familiares y confrontar al responsable, el chofer del Toyota decidió retroceder y huir de la escena, ignorando los gritos de auxilio de los lesionados.
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¿Qué dice la ley sobre viajar en la zona de carga?
Más allá de la indignación por la huida del conductor, el suceso ha puesto el foco en la responsabilidad de quienes transportan personas fuera de la cabina. El Reglamento de Tránsito de la CDMX es tajante al respecto:
- Prohibición estricta: El Artículo 38 establece que queda prohibido transportar personas en la zona de carga, estribos o cualquier parte exterior del vehículo.
- Capacidad limitada: Los vehículos solo pueden transportar el número de personas para el cual fueron diseñados, siempre que existan asientos y cinturones de seguridad disponibles.
- Sanciones: Incumplir estas normas deriva en multas económicas, la retención del vehículo y, en caso de siniestro, puede determinar la responsabilidad civil o penal de quien conduce la unidad por poner en riesgo la integridad de los pasajeros.
Las únicas excepciones permitidas por la normativa capitalina son para vehículos de emergencia (Bomberos) o servicios públicos (Recolección de basura), siempre que operen bajo protocolos específicos.







