Cuernavaca, 09 de junio de 2026 (Infórmate y +).-Los negocios que planeen transmitir los partidos de la Copa Mundial de Fútbol 2026 a sus clientes podrían enfrentar multas de hasta 29.3 millones de pesos si no cuentan con la autorización correspondiente para realizar exhibiciones públicas de los encuentros.
La advertencia cobra relevancia ante la expectativa que genera el torneo internacional, especialmente entre propietarios de restaurantes, bares, cafeterías, hoteles y otros establecimientos que suelen atraer clientes mediante la transmisión de eventos deportivos.
De acuerdo con la Ley Federal del Derecho de Autor, los titulares de los derechos de transmisión tienen la facultad exclusiva de autorizar la comunicación pública de los eventos. En el caso del Mundial 2026, la FIFA es la propietaria de esos derechos, por lo que cualquier establecimiento interesado en proyectar los partidos debe contar con una licencia o permiso específico para uso comercial.

La legislación contempla sanciones económicas para quienes utilicen el contenido sin autorización. Además de las multas, los establecimientos también podrían enfrentar otras medidas administrativas y legales, entre ellas se encuentran clausuras temporales de hasta 90 días, el aseguramiento de equipos utilizados para la transmisión y posibles demandas por daños y perjuicios promovidas por los titulares de los derechos.
Uno de los errores más comunes entre los propietarios de negocios es asumir que el pago de una suscripción de televisión restringida o una plataforma digital les permite mostrar los encuentros deportivos a sus clientes, sin embargo, los contratos de uso doméstico están diseñados exclusivamente para consumo privado dentro del hogar.
La normativa protege tanto las emisiones de televisión abierta como las señales de televisión de paga, plataformas de streaming, aplicaciones móviles y transmisiones distribuidas mediante internet.

Ante la cercanía del Mundial 2026, la recomendación para los negocios es revisar cuidadosamente los términos de contratación de sus servicios audiovisuales y confirmar si cuentan con permisos para uso comercial. En caso contrario, deberán contratar licencias específicas que permitan la reproducción pública del contenido.
También se aconseja solicitar documentación que acredite que el proveedor del servicio tiene autorización para comercializar este tipo de derechos. De esta manera, los establecimientos podrán transmitir los partidos sin exponerse a sanciones económicas que podrían representar un fuerte impacto financiero para cualquier negocio.








