Por inconsistencias, incongruencias y contradichos en las pruebas presentadas por la Fiscalía la juez, María Guadalupe Flores Servín, estimó que en los argumentos presentados no se encuentra acreditada la participación del alcalde, Enrique Alonso Plascencia y cinco personas más, en los hechos ocurridos el pasado 18 de enero, por lo que se dictó auto de no vinculación a proceso a favor de los imputados.
Dicho resolutivo fue el resultado de una audiencia que tuvo verificativo en la sala de juicios orales de la Ciudad Judicial Jojutla y que duró más de seis horas; a la cual con un retraso de quince minutos se presentó Enrique Alonso Plascencia, alcalde de Tlaquiltenango; Paola Chávez Ramírez, secretaria municipal; Manuel Álvarez Domínguez, encargado de la seguridad del presidente; Agustín Alonso Plascencia, asesor de Seguridad del municipio y los regidores: Eder Campos Domínguez y Pedro Aragón Michaca, quienes fueron imputados por los delitos de incumplimiento de la función pública, abuso de autoridad y despojo por parte del Ejecutivo del Estado.
Para dar inicio a esta audiencia de vinculación a proceso la defensa encabezada por la abodaga, Elda Lara Rodríguez, presentó cuatro testimoniales, dos de ellos respaldadas con fotografías y videos y las bitácoras de reporte de actividades del Mando Único al C5 como medios probatorios.
La defensa solicitó a la juez no vincular a proceso a su defendidos; mientras que la Fiscalía presentó cuatro declaraciones que fueron rendidas ante el Ministerio Público, un informe pericias de criminalística de la base policial “La Cantora”, un informe forense de videos encontrados en un canal de YouTube en los que se exhibía la presunta participación de los inculpados en los hechos del pasado 18 de enero, cuando la ciudadanía en compañía del alcalde y su Cabildo tomaron el control de las instalaciones de “La Cantora” por lo que solicitó a la juez vincular a proceso a los imputados.
Luego de presentar los medios probatorios ambas partes, la juez dio parte al debate en el que tanto la Fiscalía como la defensa objetaron y refutaron cada una de las pruebas presentadas.
Sin embargo, fue la juez quien determinó que los medios probatorios presentados por la Fiscalía carecían de valor y congruencia, al igual que la formulación de imputación y que los medios probatorios no establecen la participación de los imputados en los hechos delictivos; por lo cual no se podía otorgar valor probatorio a las documentales ofrecidas por el fiscal del Ministerio Público.
En cambio los argumentos ofrecidos por la defensa del edil de Tlaquiltenango y los demás imputados, fueron considerados con valor probatorio.
Fue así, que tras exponer sus argumentos la juez, María Guadalupe Flores Servín, dictó auto de no vinculación a proceso a Enrique Alonso Plascencia, Paola Chávez Ramírez, Manuel Álvarez Domínguez, Agustín Alonso Plascencia y Pedro Aragón Michaca y advirtió que dicha resolución puede ser impugnada.
-Denys Salgado-









