El diputado Edwin Brito Brito, presentará este miércoles la iniciativa de reforma al artículo 441 del Código Familiar del Estado, que permitirá a los padres y madres registrar a sus hijos sin que las autoridades les impongan el orden de los apellidos.
Brito Brito afirmó que la propuesta tiene como objetivo disminuir “la brecha de la desigualdad entre hombres y mujeres”, así como el respeto a la libre determinación de las personas.
Resaltó que entidades como el estado de México, Yucatán y el Distrito Federal, ya han propuesto adecuaciones a sus marcos jurídicos en materia familiar para que los padres, puedan registrar a sus hijos con el primer apellido de la madre, o del padre, pero ya como una decisión libre y no como una imposición de la autoridad.
Especificó que dicha iniciativa “tiene como propósito erradicar la discriminación hacia la mujer permitiéndole que pueda encabezar el orden de los apellidos de sus hijos, y que tal decisión pueda ser reconocida legalmente sin que en el camino encuentre obstáculos en determinados trámites”.
El legislador destacó que en la entidad existe ya un precedente que deja sin efecto la que definió como “imposición” del orden de los apellidos por parte de una autoridad.
“En septiembre de 2015 mediante Amparo el Primer Tribunal Colegiado del Decimoctavo Circuito del Estado, otorgó la protección de los derechos de un menor cuyos padres decidieron que su hijo llevara los apellidos maternos de ambos”.
La Reforma al artículo 441 del Código Familiar de Morelos quedaría de la siguiente manera:
“El acta de nacimiento se levantará con asistencia de dos testigos. Contendrá el día, la hora y el lugar del nacimiento, el sexo del presentado, el nombre y apellidos que le correspondan, es decir, el primer apellido del padre y el primer apellido de la madre, en el orden que de común acuerdo determinen, el orden elegido deberá mantenerse para todos hijos de la misma filiación; asimismo, la razón de si se ha presentado vivo o muerto; la impresión digital del presentado”.
-Aurelia Torres-








