Morelos, 26 de noviembre de 2025 (Infórmate y +).- La Quincuagésima Sexta Legislatura del Congreso del Estado de Morelos aprobó la Ley de Movilidad, Transporte y Seguridad Vial, propuesta por la Gobernadora Margarita González Saravia Calderón, que introduce nuevas normas para la seguridad de motociclistas y menores de edad.
Entre las disposiciones más relevantes, el Artículo 136 del Capítulo III: De la seguridad en motocicletas, establece que queda prohibido transportar a menores de 12 años en motocicleta. También se prohíbe trasladar personas que no puedan sujetarse de manera segura o que no alcancen a apoyar firmemente los pies en los estribos, así como exceder la capacidad de diseño del vehículo.
Por su parte, el Artículo 135 indica que todas las personas que conduzcan o viajen en motocicleta deben usar casco certificado y correctamente abrochado en todo momento, siguiendo normas nacionales o estándares internacionales equivalentes.
La ley también regula la conducción de motocicletas por jóvenes de 16 a 18 años, mediante un permiso provisional Tipo B. Los requisitos incluyen:
- Acreditar un curso de capacitación en escuela certificada.
- Aprobar un examen integral de habilidades y conocimientos.
- Presentar carta aval de padres o tutores legales.
- Contar con póliza de seguro para el vehículo.
Este permiso tiene vigencia máxima de un año y está sujeto a restricciones de horario, incluyendo la prohibición de conducir de noche.
Resumen de las nuevas disposiciones:
- Prohibido transportar a menores de 12 años en motocicleta (Artículo 136).
- Casco certificado obligatorio para todos los pasajeros y conductores (Artículo 135).
- Permiso provisional para jóvenes de 16 a 18 años bajo requisitos específicos (Capítulo III del permiso para menores).
Estas medidas buscan fortalecer la seguridad vial en Morelos y proteger a los menores de edad, fomentando una cultura de prevención y responsabilidad en el tránsito.
