Estados Unidos, 22 de junio de 2025 (Infórmate y +).- El nuevo requisito para tramitar tu visa americana será poner tus redes sociales de modo público para que puedas ser investigado a través de ellas.
Esta decisión de acuerdo a Estados Unidos es una medida de “seguridad nacional” sin embargo muchos ciudadanos están en desacuerdo debido a que consideran que es una violación a su derechos de privacidad
“Una visa de los Estados Unidos es un privilegio, no un derecho” escribió la embajada americana.
Durante el proceso e tramite planean usar toda la información disponible para identificar a los solicitantes de visas que no son admisibles en los Estados Unidos, incluidos aquellos que representan una amenaza para la seguridad nacional de los Estados Unidos.
Se investigará a todos los solicitantes de visas de estudiante y de intercambio en las categorías de no inmigrante F, M y J.
Para facilitar esta verificación, se indicará a todos los solicitantes de visas de no inmigrante F, M y J que modifiquen la configuración de privacidad de todos sus perfiles en redes sociales a «pública».
Nuestras oficinas en el extranjero reanudarán pronto la programación de citas para solicitudes de visas de no inmigrante F, M y J. Los solicitantes deben consultar el sitio web de la embajada o el consulado correspondiente para conocer la disponibilidad de citas.
Cabe destacar que, desde 2019, Estados Unidos exige que los solicitantes de visa proporcionen sus identificadores de redes sociales en los formularios de solicitud de visa de inmigrante y no inmigrante.
Los solicitantes de visa deben incluir todos los nombres de usuario o cuentas de redes sociales de cada plataforma que hayan utilizado en los últimos 5 años en el formulario de solicitud de visa DS-160.
Documentos generales que deberás presentar al solicitar tu VISA
- Pasaporte Vigente
- Solicitud de Visa para no migrantes DS-160.
- Página de Impresión de Confirmación e Instrucciones desde esta página Web
- Comprobante de pago
- Los miembros acompañantes de la familia, a menos de que entren a los Estados Unidos por otro propósito, deberán presentar un certificado de matrimonio (esposa/o) y/o certificado de nacimiento (para hijos solteros menores de 21 años) según sea lo aplicable.