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Ya es vigente CÁRCEL a quien ejerza MALTRATO ANIMAL en Morelos

Se castigará hasta con cuatro años de cárcel y ampliaron las conductas onductas tipificadas como delitos por maltrato y crueldad animal.

El gobierno del estado de Morelos publicó en el Periódico Tierra y Libertad las reformas al Código Penal y la Ley Estatal de Fauna para aumentar el castigo a quien cometa maltrato animal. 

Las reformas y adiciones tipifican el maltrato y crueldad animal como delito, estableciendo penas de tres meses a cuatro años de prisión y multa de cincuenta a quinientas veces unidades de medida y actualización diaria vigente.

Se establecen hasta ocho años de prisión en caso de reincidencia o publicación en redes sociales, además que se agregan diversas hipótesis como faltas administrativas, por hechos similares; todo ello para el caso de los animales doméstico, pues los llamados “salvajes” están protegidos por normas federales. Se dejan a salvo tradiciones ancestrales como las peleas de gallos o los jaripeos.

Anteriormente, el Código Penal establecía de seis meses a un año de semilibertad a quien o quienes prolongaran innecesariamente la agonía o el sufrimiento del animal doméstico y, si además de realizar los actos de maltrato o crueldad animal, el sujeto activo lo captaba en imágenes, fotografía o video para hacerlos públicos por cualquier medio.

Con las modificaciones a la legislación penal, ahora el maltrato a los animales domésticos  se castigará con tres meses y hasta cuatros de prisión, y una multa de 50 a 500 Unidades de Medidas de Actualización (UMA).

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