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Publican Ley Olimpia en el Diario Oficial de la Federación

Este martes se publicó en el Diario Oficial de la Federación la “Ley Olimpia”

Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y al Código Penal Federal, conocida como “Ley Olimpia”, se publicó este martes en el Diario Oficial de la Federación (DOF) .

El Artículo 199 Octies de la “Ley Olimpia” señala que “comete el delito de violación a la intimidad sexual, aquella persona que divulgue, comparta, distribuya o publique imágenes, videos o audios de contenido íntimo sexual de una persona que tenga la mayoría de edad, sin su consentimiento, su aprobación o su autorización, así como quien videograbe, audiograbe, fotografíe, imprima o elabore, imágenes, audios o videos con contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento, sin su aprobación, o sin su autorización”.

La persona que viole dicha ley, será sancionado con una pena de tres a seis años de prisión y una multa de quinientas a mil Unidades de Medida y Actualización, equivalente a un monto de entre 44 mil 810 pesos y 89 mil 620 pesos.

Además, en el Artículo 199 Nonies, “establece que se impondrán las mismas sanciones previstas en el artículo anterior cuando las imágenes, videos o audios de contenido íntimo sexual que se divulguen, compartan, distribuyan o publiquen no correspondan con la persona que es señalada o identificada en los mismos”.

Según ONU Mujeres, el ciberacoso en México afecta directamente a 9.4 millones de mujeres. La llamada “Ley Olimpia” fue aprobada por la Cámara de Diputados el pasado 29 de abril, con una amplia mayoría de 446 votos a favor.

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