El gobierno del estado de Morelos, publicó la entrada en vigor de la despenalización de la portación de objetos que son utilizados para defensa personal, ante la creciente ola de agresiones sexuales y asaltos que se presentan en las calles y el transporte público.
La Modificación al Código Penal del estado de Morelos permite el uso de artefactos de defensa, ya que la iniciativa presentada por la diputada Ariadna Barrera de Morena, indicaba que “la pena mínima prevista para el delito de acoso sexual en el Código Penal es de dos años de prisión; es decir que actualmente una chica en portación de un gas pimienta para su defensa personal podría pasar más tiempo en prisión que su agresor por un delito de acoso sexual. En un país donde matan a más de 10 mujeres al día, esta es la “protección” que les da hoy en día la Ley”.
ARTÍCULO 245.– A quien porte, trasporte, fabrique, importe o acopie sin un fin lícito instrumentos que sólo puedan ser utilizados para agredir y que no tengan aplicación en actividades laborales, recreativas o para defensa personal, se le impondrá de seis meses a tres años de prisión. Para los efectos de este artículo, se entiende por acopio la reunión de tres o más instrumentos de las características referidas en el párrafo anterior
El decreto fue publicado el 14 de abril de 2021, di en el que entra en vigor para todos los morelenses.