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Propone Julio Espín aumentar penalidad a quienes cometan el delito de robo de identidad

El diputado Julio Espín Navarrete, planteó sancionar el delito de robo de identidad con una pena de seis a 12 años de prisión, o en su caso la reparación del daño, tras señalar que según datos del Banco de México, nuestro país ocupa el octavo lugar a nivel mundial en este delito.

El diputado señaló que el robo de identidad es el delito que más ha crecido en la actualidad y consiste en utilizar o suplantar la identidad de una tercera persona con fines no lícitos como realizar compras, solicitar préstamos, defraudar, traficar con personas u órganos, entre otros.

Refirió que va en aumento día con día, “según datos del Banco de México, nuestro país ocupa el octavo lugar a nivel mundial en este delito; en un 67 por ciento de los casos, el robo de identidad se da por la pérdida de documentos, 63 por ciento por el robo de carteras y portafolios, y 53 por ciento por información tomada directamente de una tarjeta bancaria”.

Agregó que según datos de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, entregados a la Cámara de Senadores, de las 2.7 millones de quejas anuales relativas a tarjetas de crédito, 1.9 millones se relacionan con fraudes.

La propuesta realizada por Espín Navarrete, destaca realizar una modificación al Código Penal para el estado de Morelos, y establecer en el capítulo VIII los “Delitos informáticos y robo de identidad”.

Asimismo, adicionar un artículo 148 quarter bis para establecer que “comete el delito de robo de identidad el que por cualquier medio suplante con fines ilícitos o de apropiamiento de datos personales, la identidad de otra persona, u otorgue su consentimiento para llevar a cabo la suplantación en su identidad, se le impondrá una pena de seis a 12 años de prisión, y, en su caso, la reparación del daño que se cause”.

Espín Navarrete argumentó que las sanciones serán equiparables al delito de robo de identidad y se impondrán las mismas penas al que por algún uso de los medios informáticos o electrónicos, valiéndose de alguna manipulación informática o intercepción de datos de envío, cuyo objeto sea el empleo no autorizado de datos personales o el acceso no autorizado a bases de datos automatizadas para suplantar identidades, con el propósito de generar un daño patrimonial u obtener un lucro indebido para sí o para otro.

Asimismo, a quien transfiera, posea o utilice, sin autorización, datos identificables de otra persona con la intención de cometer, intentar o favorecer cualquier actividad ilícita; también al que asuma, suplante, se apropie o utilice a través de internet, cualquier sistema informático, o medio de comunicación, la identidad de una persona física o jurídica que no le pertenezca.

La iniciativa, que fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales y Legislación para su análisis y dictamen, agrega que de igual manera se sancionará a todo aquel que porte o utilice para identificarse ante cualquier persona física o moral, un documento expedido por autoridad nacional o extranjera, que haya sido alterado para suplantar la identidad de su titular.

-Aurelia Torres-

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