José Sosa Cruz, trabajador dedicado a la construcción, denunció diversas irregularidades por parte de la empresa “Obras Especializadas de Infraestructura, SA. de CV”. Encargada de la construcción del Distribuidor Vial Palmira, así como la edificación del puente Apatlaco que conectará a los municipios de Temixco y Emiliano Zapata con la autopista Cuernavaca-Acapulco.
Sosa Cruz refirió que fue contratado por la empresa en cuestión en el año 2011, por lo que desde entonces continuó laborando de manera normal hasta que resultó con una lesión en la rodilla, la cual fue provocada por cargar una cantidad importante de varillas para construcción que derivó en un esguince de ligamentos, aseguró que no había sido contratado para realizar esta labor.
En ese sentido indicó que posterior al accidente acudió a la clínica uno del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para ser atendido por personal médico, una vez que fue revisado se le otorgó una incapacidad de siete días para su rehabilitación y tratamiento, sin embargo al segundo día acudió de nueva cuenta al nosocomio para revisión con un especialista, pero se topó con la sorpresa de que la empresa para la que trabajaba ya lo había dado de baja en el seguro social, por lo que ya no contaba con el servicio de salud.
Cabe señalar que de acuerdo a declaraciones del afectado, la empresa “Obras Especializadas de Infraestructura, SA. de CV. ” Hace poco menos de un mes que cambió de razón social para convertirse en “Consorcio Empresarial SC”, con lo cual se deslindó de ciertas anomalías y responsabilidades que se presentaron anteriormente.
Es importante precisar que José Sosa Cruz cuenta con los documentos que acreditan sus declaraciones, tales como el estado de cuenta del último pago que la empresa realizó, además de los papeles que lo avalan como derechohabiente del IMSS y la notificación de que ya no contaba con el seguro social.
Por último explicó que al acudir a la constructora para solicitar una copia del contrato colectivo de trabajo, ésta se negó rotundamente a realizar la entrega del mismo, además de que no indemnizó ni liquidó al trabajador que prestó sus servicios por un periodo de cuatro años.
-Alejandro Lara-